El marco legal y reglamentario aplicable a la actividad aseguradora y afianzadora en el paíes el siguiente:
En lo que respecta a la requisitos, actividad, cédulas, aplicación de exámenes, acreditación de la capacidad técnica, entre otros temas de los aspirantes o Agentes Personas Físicas y Apoderados de Agente Persona Moral o pueden encontrarlos en el Capítulo 32 de la Circular Única de Seguros y Fianzas y en el Reglamento de Agentes de Seguros y Fianzas. Asimismo, lo referente a los empleados o apoderados de las Personas Morales a que se refiere la fracción II del artículo 103, de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, se puede encontrar en el Capítulo 33 de la Circular Única de Seguros y Fianzas.